La Normativa australiana, ligeramente diferente de la española, estabece las siguientes limitaciones para los operadores de drones con fines lúdicos:
- No se puede volar a 3 millas de ningún aeropuerto.
- No se puede volar por encima de 400 pies en espacio aéreo controlado.
- No se puede volar sobre áreas pobladas.
- Se debe sobrevolar con una separación mÃnima de 30m respecto de cualquier persona.
- No se puede volar de noche.
CASA está sancionando con 850$ basándose en los vÃdeos visionados en la plataforma online YouTube. Os mostramos una multa recibida por un aficionado del estado de Queensland, que recibió la sanción directamente en su casa. Los inspectores de la Agencia le notificaron que habÃa cometido numerosas infracciones de la normativa, detectadas mediante el análisis de los vÃdeos colgados por el operador en internet, aunque finalmente las consideraron como una única infracción, con una multa de 850$.
Fuente: http://eftm.com.au/2015/01/850-drone-fine-casa-using-youtube-to-identify-illegal-drone-use-19067#Lvm9AJ1Rm8cOHkj1.99" target="_blank">E.F.T.M.
La normativa española, únicamente contempla el uso comercial de los drones. En la Ley 8/2014 se establecen las limitaciones de vuelo y los requisitos que deben reunir las empresas operadoras de drones. El uso privado o particular de drones en España es considerado como una actividad de radiocontrol, por lo que los aparatos no tienen consideración de drones, sino de aparatos de radiocontrol y sus vuelos deben restringirse a zonas habilitadas exclusivamente para tales fines.