DJI anuncia la obtencion del etiquetado de clase C1 por parte del DJI Mavic 3

DJI, el mayor fabricante de drones o UAS del mundo, ha anunciado en su página web, que el modelo DJI Mavic 3 ha obtenido el etiquetado de clase C1 según establece la normativa europea de UAS, amparada en el Reglamento Delegado 2019/945.

https://www.dji.com/newsroom/news/dji-granted-worlds-first-c1-certificate-for-mavic-3-series

Según se puede leer en la noticia lanzada por el fabricante chino de UAS el pasado 18 de agosto, el DJI Mavic 3 ha recibido la primera etiqueta de clase C1 del mundo. Si uno lee la noticia más detenidamente, las fechas para que esa etiqueta de clase esté disponible, y por tanto sea válida para los propietarios de los DJI Mavic 3 vendidos hasta ahora, se barajan para el cuarto trimestre del 2022 (4Q/2022). El organismo certificador que se está encargando de validar dicha etiqueta de clase C1 es la empresa alemana TÜV Rheinland, que también lo ha notificado en su web:

https://presse.tuv.com/en/tuev-rheinland-certifies-worlds-first-aircraft-according-to-new-eu-directive/

Una vez que dicha etiqueta de clase sea concedida al DJI Mavic 3, y los usuarios puedan valerse de ello (parece que mediante actualización de firmware futuro cuando todo esté disponible), el mencionado UAS podrá volar en categoría abierta A1, con las salvedades que se le confiere al no ser un UAS de categoría C0 o menor de 250g.

Recordemos que los UAS con etiquetado de clase C1 (según el punto UAS.OPEN.020 del Reglamento de Ejecución 2019/947), 'se podrán usar en categoría A1, realizándose de forma que el piloto a distancia de la aeronave no la haga volar por encima de concentraciones de personas y prevea razonablemente que no la hará volar por encima de ninguna persona no participante. En caso de vuelo inesperado por encima de personas no participantes, el piloto a distancia reducirá al mínimo posible el tiempo durante el cual la aeronave no tripulada vuele por encima de estas personas'.

Hasta la fecha, el DJI Mavic 3 se puede operar en categoría abierta A3, pudiendo reducirse la distancia respecto de personas no participantes hasta los 50m, según indica el artículo 22 del Reglamento de Ejecución 2019/947, durante el período transitorio. Adicionalmente, se podrá usar en los escenarios STS-ES-01 o STS-ES-02, con las particularidades de cada uno de ellos, recordando que en entorno urbano, los UAS deben contar con un dispositivo de limitación de impacto, según el artículo 46 punto 1.b del RD 1180/2018.

Actualmente, para volar un DJI Mavic 3 en categoría abierta, el piloto remoto debe contar con el certificado de pilotaje A1/A3, y conocer el Manual de Usuario de la aeronave.

DJI en su comunicado, anuncia que será un gran avance al no tener el piloto que sacarse costosos cursos de pilotaje de drones, aspecto que en la actualidad no sucede. En realidad, en España, el trámite para la obtención de los certificados A1/A3, incluso el A2, por el momento es gratuito sin más que superar un examen online ante la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Recordemos también, que el vuelo en categoría A2, según el Reglamento de Ejecución 2019/947 únicamente puede realizarse por medio de aeronaves con etiquetado de clase C2. (UAS.OPEN.030 punto 3)

Las modificaciones que anuncia DJI para la consecución de la etiqueta de clase C1 y que el Mavic 3 actualizará mediante firmware, son las siguientes:

- Cumplirá con el nuevo nivel de reducción de ruido de 83db.

- Cuando se utilice el modo de vuelo inteligente ActiveTrack para filmar personas u objetos, la distancia de la persona/objeto se limitará a 50 m. Más allá de 50 m, ActiveTrack se desactivará.

- Los LED auxiliares se encenderán o apagarán automáticamente durante el uso, según el entorno real, y los LED en los brazos delanteros del dron parpadearán de forma predeterminada mientras el UAV esté encendido.

Aunque echamos en falta uno de los sistemas con los que deben contar los UAS con etiquetado de clase C1, según la parte 2 del Anexo del Reglamento Delegado 2019/945, punto 12:

'Tener una identificación a distancia directa que:

a) permita cargar el número de registro del operador del SANT de conformidad con el artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 y únicamente aplicando el proceso proporcionado por el sistema de registro;

b) garantice, en tiempo real durante toda la duración del vuelo, la difusión periódica directa desde la ANT utilizando un protocolo de transmisión abierto y documentado de los datos siguientes, de manera que puedan ser directamente recibidos por dispositivos móviles existentes dentro de la gama de difusión:

i. el número de registro del operador del SANT;

ii. el número de serie físico único de la ANT que cumpla la norma ANSI/CTA-2063;

iii. la posición geográfica de la ANT y su altura por encima de la superficie o el punto de despegue;

iv. la trayectoria medida en el sentido de las agujas del reloj a partir del norte geográfico y la velocidad de la ANT respecto al suelo; y

v. la posición geográfica del piloto a distancia o, si no se dispone de ella, el punto de despegue. c) garantice que el usuario no pueda modificar los datos mencionados en el apartado b), incisos ii, iii, iv y v.'



DJI aún no ha especificado que sistema se usará para cumplir dicho requisito, pero por el momento parece que el DJI Sense puede ser el encomendado para ello, desconociendo las mejoras o variaciones que deban realizarse sobre el mismo. Además, la administración también deberá tener preparados los sistemas para recibir los datos de los UAS emisores, y poder visualizarlos o gestionarlos en tiempo real.

Contando con que el anuncio es una buena noticia para el sector, falta ver cuando se va a implementar realmente dicho etiquetado de clase, y cuando se resolverán el resto de flecos que quedan pendientes.

Esperaremos ansiosos por tanto al final del año 2022 y poder confirmar el anuncio realizado por parte de DJI.

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